Disposición Nº 2020-30 de la DPPJ - Reuniones a Distancia

Por disposición Nº 2020-30 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) se determinaron los requisitos y exigencias a cumplir para que sean válidas las reuniones de los órganos sociales celebradas a distancia mediante medios informáticos o digitales y de la documentación que deba producirse en consecuencia, cuando las mismas no están previstas estatutariamente.

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Disposición Reuniones a Distancia