Nueva estimación del índice de inflación del mes de cierre de los Estados Contables

La FACPCE ha emitido los lineamientos a seguir, en el caso de que las entidades deban realizar el cierre contable antes de la publicación oficial de los índices de inflación, para el cálculo del ajuste por inflación.

La Resolución de Junta de Gobierno de FACPCE N° 539/18 estableció la reanudación del procedimiento de reexpresión monetaria establecido por la Resolución Técnica N°6, para los estados contables de las empresas y otros entes domiciliados en Argentina, correspondientes a cierres contables producidos con posterioridad al 1° de Julio de 2018.

Asimismo, respecto de los índices que deben utilizarse para efectuar la reexpresión monetaria, la misma resolución estableció que “La serie de índices que se utilizará es la resultante de combinar el Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) publicado por el INDEC (mes base: diciembre de 2016) con el IPIM publicado por la FACPCE, tal como lo establece la resolución JGN°517/16. La serie completa del índice, según la definición del párrafo anterior, será elaborada y publicada mensualmente por esta Federación una vez que tome conocimiento público la variación mensual del IPC Nacional por el INDEC.”

El calendario habitual de publicación de índices en Argentina indica que el INDEC publica los índices de inflación el día 15 del mes siguiente al mes al que corresponde la medición. 

En muchas empresas, sobre todo aquellas que tienen requerimientos de información trimestral o anual por parte de organismos de contralor con fechas de vencimiento muy acotadas (empresas cotizantes, bancos, compañías de seguros, etc.), la complejidad de sus operaciones determina que sus cronogramas de cierre contable trimestral, o inclusive anual, no les permitan esperar a contar con los índices de inflación oficiales del último mes del período o ejercicio publicados, para efectuar su cierre contable. Por lo tanto las empresas se encuentran entonces con la dificultad de tener que estimar el índice de inflación del último mes de cierre para poder efectuar el proceso de cierre contable necesario para la confección de sus estados financieros trimestrales o anuales. 

En virtud a esto, la Secretaría Técnica de la FACPCE ha recibido consultas sobre los lineamientos que deberían seguir los entes para estimar el índice de inflación del mes de cierre de los estados contables, en los casos de que sus procesos de cierre contable requieran contar con esa información en forma previa a la publicación de los índices oficiales y luego de un análisis realizado ha determinado la fuente a utilizar en dichos casos.

Luego de realizar una investigación sobre las fuentes de información disponibles públicamente, la FACPCE ha observado que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) efectúa mensualmente el “Relevamiento de Expectativas de Mercado” o REM, a través del cual busca efectuar “un seguimiento sistemático de los principales pronósticos macroeconómicos de corto y mediano plazo sobre la evolución de la economía argentina y es generado a partir de una encuesta dirigida a analistas especializados locales y extranjeros.” 

Dicho relevamiento se realiza los últimos 3 días hábiles de cada mes, se publica el segundo día hábil del mes siguiente, e incluye las expectativas sobre “los precios minoristas, la tasa de interés, el tipo de cambio nominal, el nivel de actividad económica y el resultado primario del sector público nacional no financiero.”

En base al análisis efectuado, la FACPCE consideró que el REM es un elemento valioso para la estimación del índice de inflación del mes de cierre del ejercicio o período, para los casos en los que sea necesario estimarlo antes de la publicación del índice oficial por parte del INDEC. 

Los efectos de la diferencia entre el índice de inflación estimado utilizado para la confección de los estados financieros y el oficial que sea posteriormente publicado se reconocerán en el período/ejercicio siguiente como una diferencia de estimación, es decir, sin ajustar los saldos correspondientes a períodos/ejercicios ya emitidos. 

A continuación se adjunta la ruta de acceso al indicador del banco central: https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Relevamiento_Expectativas_de_Mercado.asp

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