Finalización del período de excepción para la realización de reuniones a distancia

La Inspección General de Justicia, a través de la Resolución General 8/2022 dio por finalizado el periodo de excepción previsto en el artículo 3 de la Resolución General IGJ 11/2020 para la celebración de reuniones de órganos de administración o gobierno realizadas a distancia, en los supuestos en que el estatuto social no las hubiera previsto.

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