Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Jujuy: nuevo régimen de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos

La Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Jujuy, mediante la publicación de la Resolución General N° 1661/2024, establece un régimen de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto de los productos y/o mercaderías que ingresen y/o egresen a la Provincia de Jujuy o se trasladen dentro de ella, por cualquier medio, para su compraventa, remisiones entre fábricas o sucursales, y/o entregas en depósito o en consignación.

Los rubros de productos y/o mercaderías sujetos al pago a cuenta alcanzados por el presente régimen son los siguientes: 

  1. Ganado en Pie.
  2. Carne vacuna faenada y sus subproductos.
  3. Carne porcina faenada y sus subproductos.
  4. Pollo faenado y sus subproductos.
  5. Pescados.
  6. Verduras.
  7. Frutas.
  8. Otros productos e insumos alimenticios: harinas, huevos, arroz, aceite, cerveza y fideos
  9. Todo tipo de mercadería que ingrese a zonas fronterizas (localidades de La Quiaca y Susques).
  10. Todo tipo de mercadería que provenga de ferias mayoristas o predios de similares características.

 Asimismo, se establece que la liquidación deberá efectuarse ingresando a la página de la DPR (www.rentasjujuy.gob.ar), mediante la utilización de clave fiscal, seleccionar el módulo “Generación de Pago a Cuenta por Traslado de Mercaderías”, confeccionar el Formulario F-207 Declaración Jurada de Pago a Cuenta por Traslado de Mercaderías, y generar el volante para efectuar el pago o seleccionar algún medio de pago digital habilitado.
En todos los casos el pago a cuenta deberá estar efectuado al momento de ingresar la mercadería a la provincia.
En tanto, las alícuotas a aplicar quedarán unificadas en:

  • Contribuyentes locales: 1,5%
  • Contribuyentes de Convenio Multilateral: 1%
  • Sujetos no inscriptos: 3,5%

 La presente resolución es de aplicación desde el 16 de febrero de 2024.